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Aclaran sobre ajustes autorizados por SCJN en actas de nacimiento

Aclaran sobre ajustes autorizados por SCJN en actas de nacimiento

El abogado Manuel Galván Almendárez, aclaró que los ajustes autorizados por la SCJN en las acta de nacimiento, son por mera corrección.

                                                            Por Javier Claudio

La reciente autorización de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para poder solicitar al Registro Civil la corrección de un acta de nacimiento con una fecha posterior a la que aparece en el documento original, el titular podrá tener una edad menor a la real legalmente, siempre y cuando demuestre el error, declaró el abogado Manuel Galván Almendárez.

El jurisconsulto representante en la región noreste de la Federación Mexicana de Colegiada de Abogados (FEMECA) dijo que la jurisprudencia que da autorización para cambios, debe ser precisamente corrección, pero sustentada en datos fieles

“Se ha detectado que esto ha causado confusión entre las personas y es por esto que la SCJN emitió un comunicado donde explica que esta decisión no tiene el alcance de que cualquier persona pueda escoger su fecha de nacimiento, solamente podrán hacer esto las personas que demuestren que los datos de su acta no van de acuerdo a la realidad que han vivido toda su vida”, dijo.

Esta situación nace por el caso de varias impugnaciones en contra de la fracción III del artículo 1193 del Código Familiar de Sinaloa, que dice prevenir la posibilidad de que se pueda cambiar la fecha de nacimiento, pero solamente para poner otra anterior a la que aparece originalmente en el Registro Civil, abundó en la explicación.

“Es claro que esto desprende de aquellos casos de personas que se quejaron y pidieron la corrección de sus actas de nacimiento, pero para una fecha posterior, ya que desde pequeñas vivieron engañadas de acuerdo a su edad, sus padres les dijeron que su cumpleaños era una fecha diferente a la que dice dicho papel, ya que existía un doble registro”, asentó Galván Almandárez.

Agregó que, ante esta situación, se les negó el cambio y es por eso que promovieron amparos basados en el derecho fundamental a la identidad personal, reconocido en la Constitución y en tratados internacionales.

PATA DE LA FOTO…

            El abogado Manuel Galván Almendárez, aclaró que los ajustes autorizados por la SCJN en las acta de nacimiento, son por mera corrección.

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